jueves, 23 de marzo de 2017

Contabilidad: Se invierte el uso de “Método” y “Forma” de Pago.




La Forma de Pago y Método de Pago se han definido de diferente forma en el CFDI 3.3 del SAT. Recientemente se publicó en el Diario Oficial de la Federación el anexo 20, este anexo contiene las reglas para la emisión de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet de los contribuyentes.
“Uno de los cambios del anexo 20 es la definición del Metodo de Pago y las Formas de Pago, las cuales ahora sonaran mas lógicas para los usuarios.”
En el CFDI 3.2 se manejan los concepto de “Método de Pago” y “Forma de Pago de la siguiente manera:
MetodoDePago Descripción: Atributo requerido de texto libre para expresar el método de pago de los bienes o servicios amparados por el comprobante. Se entiende como método de pago leyendas tales como: cheque, tarjeta de crédito o debito, depósito en cuenta, etc.
FormaDePago Descripción: Atributo requerido para precisar la forma de pago que aplica para este comprobante fiscal digital a través de Internet. Se utiliza para expresar Pago en una sola exhibición o número de parcialidad pagada contra el total de parcialidades, Parcialidad 1 de X.
Origen de la problemática
Desde agosto de 2012 Fiscalia había expuesto una inconsistencia de la autoridad en el manejo de estos conceptos en el CFDI.

En la nueva versión se invierten los datos que deben ir en “Método de pago” y en “Forma de pago”, como se señala a continuación. De esta manera tiene coherencia con la terminología utilizada en el Código Fiscal de la Federación, pues de la forma en que estaba anteriormente no había concordancia.


VERSION 3.2
VERSION 3.3
MetodoDePago: Se señala la leyenda del método de pago como: cheque, tarjeta, depósito, etc.
MetodoPago: Se precisa la clave del método de pago, esto es si es pago en parcialidades o en una sola exhibición.
FormaDePago: Se utiliza para expresar Pago en una sola exhibición o número de parcialidad pagada contra el total de parcialidades, Parcialidad 1 de X
FormaPago: expresar la clave de la forma de pago de los bienes o servicios amparados por el comprobante. Si no se conoce la forma de pago este atributo se debe omitir (01 Efectivo, 02 Cheque nominativo, 03 Transferencia electronica de fondos, 04 Tarjeta de credito, 28 Tarjeta de debito)

-Listado de todas las formas de pago autorizadas por el SAT

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